Los aportes parafiscales son pagos obligatorios que deben realizar los empleadores a entidades como: El Sena, Cajas de Compensación Familiar y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), por cada empleado contratado.
Estas contribuciones se calculan con base al salario de cada trabajador, el empleador deberá realizar el pago de los aportes parafiscales mensualmente, contribuyendo al sostenimiento de las tres entidades anteriormente mencionadas y al bienestar de los empleados.
Obligados a pagar aportes parafiscales
Todas las personas que sean empleadores deberán afiliar a sus empleados y pagar los aportes parafiscales por cada uno de sus empleados que se consideren permanentes, de igual manera si realiza trabajos para una persona por un tiempo superior a 4 horas diarias o más de 96 mensuales, deberá afiliarse.
Los trabajadores independientes no se encuentran obligados a realizar aportes parafiscales por sí mismos, pero tienen la posibilidad de hacerlo bajo su voluntad, solo deben realizar los aportes de manera obligatoria en caso de tener trabajadores bajo su responsabilidad.
Contenidos del artículo
Salario base o IBC para el cálculo de los aportes
El ingreso base de cotización o IBC es el salario que recibe la persona por la contraprestación de sus servicios, sin incluir el auxilio de transporte ni lo que expresamente se considere como no salarial.
En este aspecto se debe ser muy cuidadoso debido a que la UGPP, se encarga de revisar de manera detallada el cálculo del IBC y los pagos realizados las entidades que conforman los parafiscales.
IBC cuando un empleado está incapacitado
Cuando un empleado se encuentra incapacitado, no recibe salario, por contrario recibe un auxilio de incapacidad, por ende, no debe pagar aportes parafiscales durante el periodo de incapacidad.
IBC cuando un empleado está en vacaciones
En este caso se deben incluir todos los valores recibidos por concepto de vacaciones como IBC para el cálculo de los aportes.
Tarifas de los aportes parafiscales
Cada entidad perteneciente a los aportes parafiscales cuenta con un porcentaje distinto de contribución, estos son los porcentajes:
Aporte | Tarifa |
Sena | 2% |
ICBF | 3% |
Caja de compensación familiar | 4% |
Cabe resaltar que la totalidad de los pagos los cubre el empleador, cuando se habla de trabajadores dependientes.
Tarifas para independientes
Como se expuso inicialmente los trabajadores independientes tienen la posibilidad de cotizar parafiscales de manera voluntaria, esto se puede llevar a cabo bajo dos opciones:
Realizar el aporte sobre un 0.6% de un salario mínimo, lo que le daría el derecho a:
- Recreación.
- Capacitación.
- Turismo y eventos sociales.
Realizar el aporte sobre un 2% de un salario mínimo, lo que le daría el derecho a:
- Recreación.
- Capacitación.
- Turismo y eventos sociales.
- Subsidio de vivienda.
Ejemplo para calcular y pagar los aportes parafiscales en el año 2022
Para comprender mejor el tema sobre la liquidación de los aportes parafiscales veamos el siguiente ejemplo:
Para una persona que devengara un salario mínimo en el año 2022, que equivale a $1.000.000, el empleador deberá pagar por concepto de parafiscales los siguientes valores:
Tenga en cuenta que el auxilio de transporte no debe incluirse en este cálculo como ya mencionó, por ende la operación que debe realizar el empleador es la siguiente.
- Sena: 1.000.000* 2% = $ 20.000
- ICBF: 1.000.000 * 3% = $ 30.000
- Caja de compensación: 1.000.000* 4% = $ 40.000
En total el empleador debe pagar $90.000 por concepto de aportes parafiscales de un mes, por un empleado que devenga un salario mínimo en el año 2022.
- En este caso el empleado no tiene horas extras ni otras remuneraciones que aumenten el salario.
- Recuerde que este cálculo solo corresponde a los aportes parafiscales, pues también deberá liquidar la seguridad social.
- Debe tener en cuenta si el empleador se encuentra exonerado de algunos aportes, puesto que en el ejemplo no lo esta.
Exoneración del pago de aportes parafiscales
Algunos empleadores se encuentran exonerados de pagar aportes parafiscales por sus empleados, esta exoneración solo aplica para los aportes que se deben realizar a las entidades de Sena e ICBF, por ende, ninguna empresa está exonerada de pagar caja de compensación familiar.
Este beneficio se extiende a los aportes de la seguridad social en términos de salud por parte del empleador.
Para acceder a esta exoneración según el artículo 114-1 del E.T, los empleados no deben superar los 10 SMMLV, adicionalmente se deberá tener más de dos empleados fijos.
Conozca más sobre la exoneración de aportes aquí.
Plazos para el pago de los parafiscales
Para el presente mes las fechas de pago de la seguridad social y los aportes parafiscales son los siguientes, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT, sin incluir el dígito de verificación.
Día hábil | Fecha | Dos últimos dígitos del Nit o documento de identidad |
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¿Por qué se debe contribuir con estas entidades?
Las empresas deben contribuir con los aportes parafiscales, puesto que es una forma de ayudar la sociedad y generar bienestar para sus trabajadores, esto se comprende mejor cuando se conoce la finalidad de cada entidad:
ICBF
El ICBF es una entidad que se encarga de la prevención y protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias en Colombia.
SENA
El Servicio Nacional de Aprendizaje, es una entidad encargada de brindar estudios técnicos y tecnológicos a millones de personas en Colombia de manera gratuita, por ende, es una entidad que requiere el apoyo económico para poder sostenerse y seguir brindando sus servicios.
Caja de Compensación Familiar CCF
Las CCF son entidades sin ánimo de lucro que buscan generar bienestar a sus afiliados, por medio de programas que elevan la calidad de vida de las personas, como por ejemplo, la posibilidad de acceder a un gimnasio, a subsidios de vivienda, a cursos, entre otros temas que son útiles para la sociedad.
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Buenas noches hay un empleado que viene con un contrato a termino indefinido lleva 12 años con este tipo de contrato , y se lo cambian de un momento a otro a termino fijo un año para hacerle todos los años un nuevo contrato por un año, nunca se liquido el contrato a termino indefinido el empleado nunca quedo por fuera y siguió en la empresa ya lleva 5 contratos a termino fijo a un año . esa figura que le implica al empresario?