Mediante el Decreto 445 de 2021 se dio a conocer que los intereses recibidos en el año 2020 por personas naturales y sucesiones ilíquidas, no obligadas a llevar libros de contabilidad, no se encontrarán gravados en un 44.23%, de conformidad a lo establecido en los artículos 38, 40-1 y 41 del Estatuto Tributario, los cuales se refieren al componente inflacionario.
Por otro lado, el interés presuntivo que se debe aplicar sobre los préstamos a socios o accionistas para el año 2021, será de 1.89%, lo cual se deberá tener en cuenta en el año 2022, es necesario resaltar que para el año gravable 2020, este interés fue de 4.48%.