En muchos casos puede suceder que no se encuentre una respuesta clara sobre una consulta tributaria, normalmente esto sucede con las preguntas que son poco convencionales y que requieren de un análisis profundo sobre la normatividad para poder determinar cuál es el procedimiento correcto, ante estas preguntas que, deben ser realmente difíciles de comprender, la DIAN podría resolver sus inquietudes, por medio de distintos canales.
Consulta por medio del MUISCA
Dentro de la plataforma de la DIAN, es posible encontrar una sección de comentarios y quejas, desde la cual los usuarios podrán realizar algunas consultas con respecto sus obligaciones tributarias o con respecto al funcionamiento de la plataforma, será necesario tener en cuenta que este no es un medio para resolver preguntas de amplia magnitud o muy técnicas, pero si podría aclarar ciertas dudas con respecto a temas puntuales.
Consulta tributaria por medio telefónico
El segundo método es realizar la consulta por medio telefónico, donde un funcionario de la DIAN atenderá la inquietud y la intentará resolver bajo criterio propio, pero siempre siguiendo las directrices de la entidad, esto quiere decir que, la respuesta del funcionario no será una respuesta definitiva, más bien se podría tomar como una recomendación, de esta manera no recaerá ninguna responsabilidad sobre el funcionario.
Por este medio se resolverán dudas que también se relacionen con el uso de la plataforma, notificaciones recibidas o aclaración de mensajería, el número al cual deberá comunicarse es 355 69 22 de Bogotá.
Consulta tributaria por correo electrónico
Esta es la última opción, pero la que mejores resultados presenta según el concepto de distintos profesionales, esto se debe a que la respuesta que se recibe, sin duda alguna es una respuesta mejor elaborada y con el sustento jurídico necesario para tener una mayor claridad sobre el tema.
Las respuestas por parte de la DIAN se hacen por medio de un concepto, oficio o remitiéndolo a uno ya existente, de este modo, se obtiene una respuesta certera, como ejemplo de este método de consulta, se puede ver el concepto 1241, donde se aclara que la el PAEF si es objeto de la autorretención especial de renta.
Para ver los conceptos y oficios que expide la DIAN, puede ingresar a este enlace, lo ideal sería revisar que otra persona no haya realizado la misma consulta anteriormente y que la DIAN ya hubiese emitido una respuesta.