Información exógena: Todo lo que debe saber

  • Compartir
  • Modo noche
  • Modo nocturno

La información exógena, son todos los datos que deben presentar las empresas y las personas a la Dian, con respecto a sus transacciones financieras y tributarias con otros terceros.

¿Quién debe presentar la información exógena tributaria?

Los responsables de presentar la información exógena a la Dian son:

  • Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2020 o en el año gravable 2021, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos y la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2021 superen los cien millones de pesos.
  • Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales.
  • Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras.
  • Las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa.

Un requisito global, es decir tanto para personas naturales como jurídicas, sin importar al sector que pertenezcan, es que estuvieran obligadas para el año 2021 a practicar retención en la fuente a título de renta, IVA, timbre o autorretencion.

Otras empresas y personas naturales que también poseen la obligación, son los que celebren contratos de colaboración tales como:

O las que también se dedicarán a la explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas.

Otras entidades y personas responsables de presentar exógena:

  • Sociedades Fiduciarias.
  • Entidades Financieras.
  • Fondos de Cesantías.
  • Fondo de Pensiones.
  • DECEVAL.
  • Cámaras de Comercio.
  • Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Notarios.
  • Quienes elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.
  • Grupos Económicos y/o Empresariales.
  • Alcaldías y Gobernaciones.
  • Autoridades Catastrales.

¿Qué son los medios magnéticos?

Cuando se habla de información exógena, es normal escuchar también nombrar los medios magnéticos, este concepto hace referencia a la manera en que se de enviar la información exógena a la Dian.

Al Muisca se debe subir toda la información exógena por medio de unos  archivos de Excel en formato XML estos archivos son los medios magnéticos.

¿Para qué sirve la información exógena?

La información exógena es una herramienta de gran ayuda para la Dian, puesto que de esta manera puede tener acceso a gran parte de la información contable de los contribuyentes y cruzarla con la de los demás, lo anterior puede llegar a evidenciar casos como:

  • Conocer los ingresos reales de las empresas o de las personas.
  • Saber si existen irregularidades en el cálculo de los impuestos.

Sanción por no presentar la información exógena

Al igual que con otras responsabilidades que se tienen con la Dian, el no presentarla información exógena, hacerlo de manera extemporánea o de manera irregular, lo hará merecedor de una sanción, pues así lo dispone artículo 289 de la ley 1819 del 2016, las sanciones son las siguientes:

  • Deberá pagar el 5% del total de la información que dejó de presentar.
  • En el caso de que se presente con errores será el 4% sobre el total de la información errónea.
  • Cuando se presenta después del plazo establecido, deberá cancelar lo correspondiente al 3% sobre el total del valor de la información.
Reducción de la sanción

Tenga en cuenta que también existe la posibilidad de reducir el valor de la sanción de la siguiente manera:

  • Reducción del 20%: Si se presentan antes de que se efectué el pliego de cargos.
  • Reducción del 50%: Si se realiza de manera extemporánea pero antes de que se notifique la sanción.
  • Reducción del 75%: Por corregir la información dos meses posteriores a la notificación.
Información exógena: Todo lo que debe saber 2 🔗 Artículo recomendado

Calendario tributario 2022

¿Cuáles son los formatos que se deben presentar?

Existen diversidad de formatos dependiendo del concepto que se vaya a reportar en la información exógena, a su vez estos formatos aplicarán para determinados tipos de entidades.

Para hacer más fácil su comprensión, en la siguiente tabla podrá ver el número de formato, su nombre y la normatividad que lo rige.

Los siguientes formatos aplican tanto para las personas naturales o jurídicas, que superaron el tope de ingresos o patrimonio, adicionalmente también aplican para las sociedades públicas o privadas, que estén obligadas a elaborar la declaración de renta o de ingresos y patrimonio:

Número Nombre Normatividad aplicable
1001 Pagos y Abonos en cuenta y retenciones Artículo 631 del E.T literal b y e
1003 Retenciones en la fuente que l e practicaron Artículo 631 del E.T literal c
1004 Descuentos tributarios Solicitados Artículo 631 del E.T literal d
1005 Impuesto de IVA descontable Artículo 631 del E.T literal e
1006 Impuesto de IVA generado Artículo 631 del E.T literal f
1007 Ingresos Recibidos Artículo 631 del E.T literal f
1008 Saldos de cuentas por Cobrar Artículo 631 del E.T literal i
1009 Saldo de Cuentas por Pagar Artículo 631 del E.T literal h
1011 Información de declaraciones tributarias Artículo 631 del E.T literal k
1012 Información de declaraciones tributarias, acciones, inversiones en bonos, cuentas de ahorro y corrientes Artículo 631 del E.T literal k
2275 Ingresos No constitutivos de Renta ni Ganancia Ocasional Artículo 631 del E.T literal k
2276 Información Certificado de Ingresos Y Retenciones para Personas Naturales Empleados Artículo 631-3 del E.T
2280 Mujeres Victima de la Violencia Según art. 7 Dcto 2733 de 2012, art. 23 Ley 1257 de 2008.
1647 Ingresos recibidos para terceros Artículo 631 del E.T literal g

También le puede interesar: ¿En qué consiste la declaración de renta voluntaria?

Adiocionalmente a lo anterior:

Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas con ánimo de lucro, las cooperativas y los fondos de empleados presentan deberán adicionar el siguiente formato:

1010 Información de socios, accionistas, cooperados Según literal (a) del art. 631 del E.T

Las entidades públicas deberán anexar:

2279 Código Único Institucional (CUIN) Entidades Públicas Según el art. 631-3 del E.T.

En el caso de que las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que estén obligadas a realizar retenciones a título de fuente o IVA, y los ingresos no fueron superiores los topes, deberán anexar:

Número Nombre del Formato Normatividad
1001 Pagos y Abonos en cuenta y retenciones Artículo 631 del E.T literal b y e
1004 Descuentos tributarios Solicitados Literal (d) Art.631 del E.T. , Art.26 de Res.98 de 2020
1011 Información de declaraciones tributarias Artículo 631 del E.T literal k
1012 Información de declaraciones tributarias, acciones, inversiones en bonos, cuentas de ahorro y corrientes Artículo 631 del E.T literal k
2275 Ingresos No constitutivos de Renta ni Ganancia Ocasional Artículo 631 del E.T literal k
2276 Información Certificado de Ingresos Y Retenciones para Personas Naturales Empleados Artículo 631-3 del E.T
2280 Mujeres Victima de la Violencia Según art. 7 Dcto 2733 de 2012, art. 23 Ley 1257 de 2008.
1647 Ingresos para terceros Artículo 631 del E.T literal g

Para entidades públicas adicionalmente:

Número Nombre Normatividad aplicable
1009 Saldo de Cuentas por Pagar Artículo 631 del E.T literal h
2279 Código Único Institucional (CUIN) Entidades Públicas Artículo 631-3 del E.T

Entes públicos del Nivel Nacional y Territorial del orden central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio

Número Nombre del Formato Normatividad
1001 versión 10 Pagos y Abonos en cuenta y retenciones practicadas Literales b) y e) del art.631 del E.T.,  Art.17 de Res.98 de 2020
1009 versión 7 Saldo de Cuentas por Pagar Literal (h) Art.631 del E.T. , Art.21 de Res.98 de 2020
2276 versión 3 Información de rentas de trabajo y de pensiones Literales b) y e) Art.631 y 631-3 del E.T., Art.34 de Res.98 de 2020
1011 versión 6 Información de declaraciones tributarias Literal (k) Art.631 del E.T. , Art.25 de Res.98 de 2020.
1012 versión 7 Información de las declaraciones tributarias, acciones y aportes e inversiones en bonos, certificados, títulos y demás inversiones tributarias Literal (k) Art.631 del E.T. , Art.25 de Res.98 de 2020.
2279 versión 2 Código Único Institucional (CUIN) Entidades Públicas Art.631-3 del E.T., Art.38 de Res.98 de 2020

Los secretarios generales deberán anexar:

Número Nombre Normatividad aplicable
1056 Pagos o Abonos en cuenta por Secretarios Artículo 631 del E.T literal b y e
2276 Información Certificado de Ingresos Y Retenciones para Personas Naturales Empleados Artículo 631-3 del E.T
2279 Código Único Institucional (CUIN) Entidades Públicas Artículo 631-3 del E.T

Los consorcios y uniones temporales, los contratos de mandato o administración delegada, los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, Joint Venture, las cuentas en participación y los convenio de cooperación con entidades públicas, deberán anexar:

Número Nombre del Formato Normatividad
5247 versión 1 Pagos o abonos en cuenta y retenciones practicadas en contratos de colaboración empresarial Literal b) y e) del art.631 del E.T., Art.27 de Res.98 de 2020
5248 versión 1 Ingresos recibidos en contratos de colaboración empresarial.  Literal (f) del art.631 del E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020
5249 versión 1 IVA descontable en contratos de colaboración empresarial Literal (e) del art.631 del E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020
5250 versión 1 IVA generado e Impuesto al Consumo en contratos de colaboración empresarial Literal (f) del art.631 del. E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020
5251 versión 1 Saldo en cuentas por cobrar a 31 de diciembre en contratos de colaboración empresarial Literal (i) del art.631 del E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020
5252 versión 1 Saldo en cuentas por cagar a 31 de diciembre en contratos de colaboración empresarial Literal (h) del art.631 del E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020
2276 versión 3 Información de rentas de trabajo y de pensiones Literales b) y e) Art.631 y 631-3 del E.T., Art.34 de Res.98 de 2020
1011 versión 6 Información de declaraciones tributarias Literal (k) Art.631 del E.T. , Art.25 de Res.98 de 2020.
1012 versión 7 Información de las declaraciones tributarias, acciones y aportes e inversiones en bonos, certificados, títulos y demás inversiones tributarias Literal (k) Art.631 del E.T. , Art.25 de Res.98 de 2020.
2280 versión 1 Deducción empleadas víctimas de la violencia Art.2.2.9.3.7 Decreto 1072 de 2015 DUR Trabajo. Art.37 de Res.98 de 2020

Las sociedades fiduciarias, deberán anexar:

Número Nombre Normatividad aplicable
1013 Información de los Fideicomisos que Administran Artículo 631-3 del E.T
1014 Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones Practicadas con cargo al Fideicomiso o Patrimonio Autónomo Artículo 631 del E.T literal b y e
1058 Ingresos Recibidos con cargo al Fideicomiso o Patrimonio Autónomo Artículo 631 del E.T literal f
2276  Información de rentas de trabajo y de pensión Literales b) y e) Art.631 y 631-3 del E.T., Art.34 de Res.98 de 2020.

Entidades Financieras, deberán anexar:

Número Nombre del Formato Normatividad
1019 versión 9 Movimiento en cuenta corriente y/o ahorro Art.623 literal a), 623-2, 623-3 y 631-3 del E.T., Art.3 de Res.98 de 2020
1020 versión 8 Información de inversiones en CDT Art.623 literal a) y 631-3 del E.T., Art.4 de Res.98 de 2020.
1021 versión 7 Información de fondos de inversión colectiva Art.623 literal a) y 631-3 del E.T., Art.9 de Res.98 de 2020
1023 versión 6 Consumos con tarjetas de crédito Art.623 literal b) del E.T., Art. 6 Res.98 de 2020
1024 versión 6 Ventas con tarjetas de crédito Art.623 literal c) del E.T., Art.7 de Res.98 de 2020
1026 versión 6 Préstamos bancarios otorgados Art.623-2 (sic) del E.T., Art.8 de Res.98 de 2020
1022 versión 9 Aportes voluntarios a pensiones, cuentas de ahorro AFC y Cuentas de ahorro AVC Art.623 literal a) y 631-3 del E.T., Art.11 de Res.98 de 2020

Fondos de Cesantías, deberán anexar:

2274 Fondo de Cesantías Artículo 631-3 del E.T

Fondo de Pensiones, deberán anexar:

1022 Fondos de Pensiones Voluntarias Art.623 literal a, y 631-3 del E.T.
2277 Fondos de Pensiones Obligatorias Art.623 literal a, y 631-3 del E.T.

DECEVAL, deberán anexar:

Número Nombre Normatividad aplicable
2273 Depósitos de Títulos Valores y Rendimientos o Dividendos Cancelados Art. 631-3 del E.T.

Cámaras de Comercio, adicionalmente debe presentar:

Número Nombre Normatividad aplicable
1038 Información de las Sociedades Creadas Art.624 del E.T
1039 Sociedades Liquidadas Art.624 del E.T

Bolsas de Valores y Comisionista de Bolsa, deberán anexar:

Número Nombre Normatividad aplicable
1041 Información de Bolsa de Valores Art.625 del E.T
1042 Información de Comisionistas de Bolsas Art.628 del E.T

La Registraduría Nacional del Estado Civil, deberán anexar:

Número Nombre Normatividad aplicable
1028 Personas Fallecidas Art.627 del E.T

Notarios, adicionalmente debe presentar:

Número Nombre Normatividad aplicable
1032 Información de Enajenaciones de Bienes y Derechos a través de Notarias Art.629 del E.T.

Quienes elaboren facturas de venta o documentos equivalentes, deberán anexar:

Número Nombre Normatividad aplicable
1037 Elaboración de Facturación por Litógrafos y Tipógrafos Art.629-1 del E.T.

Obligados a presentar estados financieros consolidados

Número Nombre del Formato Normatividad
1034 versión 6 Información de estados financieros consolidados Art.631-1 y 631-3 del E.T., Art.28 de Res.98 de 2020
1035 versión 7 Entidades subordinadas o controladas nacionales Art.631-1 y 631-3 del E.T., Art.28 de Res.98 de 2020
1036 versión 8 Entidades subordinadas o vinculadas del exterior Art.631-1 y 631-3 del E.T., Art.28 de Res.98 de 2020

Los residentes fiscales colombianos que tengan control sobre una entidad del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE), adicionalmente debe presentar:

1036 versión 8 Entidades subordinadas o vinculadas del exterior Art.882 y 883 del E.T. , Art.29 de Res.98 de 2020

Alcaldíass y Gobernaciones, también deben incluir:

Número Nombre del Formato Normatividad
1476 versión 11 Información de registros catastrales y de Impuesto Predial Art. 631-3 del E.T., Art.35 de Res.98 de 2020
1480 versión 10 Información Vehículos Art. 631-3 del E.T., Art.35 de Res.98 de 2020
1481 versión 10 Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros – ICA Art. 631-3 del E.T., Art.35 de Res.98 de 2020.
2631 versión1 Resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital Numerales 1 y 2 Art.2.1.1.20. del Decreto 1625 de 2016 DUR Tributaria. Art.35 de Res.98 de 2020.

Autoridades Catastrales, también deben incluir:

Número Nombre Normatividad aplicable
1476 Información Predial Art. 631-3 del E.T.

Entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales, también deben incluir:

Número Nombre Normatividad aplicable
1159 Información de Convenios de Cooperación con Organismos Internacionales Art.58 Ley 863 de 2003 y Decreto 4660 de 2007
2276 Información Certificado de Ingresos Y Retenciones para Personas Naturales Empleados Art. 631-3 del E.T.

Entidades No Contribuyentes y No declarantes, deberán anexar:

Número Nombre Normatividad aplicable
2575 Donaciones recibidas y certificadas por entidades no contribuyentes Numeral 1.2.1.4.4 del DUR 1625 de 2016

Responsables del Impuesto Nacional al Carbono

Número Nombre Normatividad aplicable
2574 Información de No causación del Impuesto al Carbono por Certificación de Carbono Neutro Según el artículo 221 ley 1819 de 2016 y el numeral 1.5.5.8 del DUR 1625/2016

Concesiones y asociaciones público privadas – APP.

Número Nombre del Formato Normatividad
2625 versión 1 Información de concesiones y asociaciones público privadas – APP Art. 32 y 631-3 del E.T., Art.41 de Res.98 de 2020

Entidades que otorgan, cancelan o suspendan personerías jurídicas.

Número Nombre del Formato Normatividad
2683 versión 1 Información de entidades que otorgan, cancelan o suspenden personerías jurídicas Art. 631-3 del E.T., Art.36 de Res.98 de 2020

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

.

13 comentarios en «Información exógena: Todo lo que debe saber»

  1. Buenos días, al leer la resolución dice así «Artículo 16. INFORMACIÓN DE SOCIOS, ACCIONISTAS, COMUNEROS, COOPERADOS
    Y/O ASOCIADOS. Las personas jurídicas y sus asimiladas con ánimo de lucro, las
    cooperativas y los fondos de empleados, obligadas a presentar información de acuerdo con
    los literal e) y f) del artículo 1 de la presente resolución deben suministrar la información de
    que trata el literal a) del artículo 631 del Estatuto Tributario, así: Apellidos y nombres o razón
    social, identificación, dirección, país de residencia o domicilio y porcentaje de participación
    de cada una de las personas o entidades que sean socias, accionistas, comuneros,
    asociados y/o cooperados de la respectiva entidad, que posean acciones y/o aportes con
    indicación del valor patrimonial a 31 de diciembre superior a una cuantía de tres millones de
    pesos ($3.000.000) y el valor porcentual de participación. Esta información deberá ser
    reportada en el Formato 1010, Versión 8.» es decir que los obligados por el literal e) y f) de la resolución también deben presentar el formato 1010, en el aporte que ustedes mencionan «En el caso de que las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que estén obligadas a realizar retenciones a título de fuente o IVA, y los ingresos no fueron superiores los topes, deberán anexar:» en ese grupo falta incluir el formato 1010

    Responder

Deja un comentario