La información exógena, son todos los datos que deben presentar las empresas y las personas a la Dian, con respecto a sus transacciones financieras y tributarias con otros terceros.
¿Quién debe presentar la información exógena tributaria?
Los responsables de presentar la información exógena a la Dian son:
- Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2020 o en el año gravable 2021, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos y la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2021 superen los cien millones de pesos.
- Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales.
- Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras.
- Las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa.
Un requisito global, es decir tanto para personas naturales como jurídicas, sin importar al sector que pertenezcan, es que estuvieran obligadas para el año 2021 a practicar retención en la fuente a título de renta, IVA, timbre o autorretencion.
Otras empresas y personas naturales que también poseen la obligación, son los que celebren contratos de colaboración tales como:
- Uniones temporales.
- Administración delegada.
- Consorcios.
- Contratos de mandato.
- Contratos de explotación.
O las que también se dedicarán a la explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas.
Otras entidades y personas responsables de presentar exógena:
- Sociedades Fiduciarias.
- Entidades Financieras.
- Fondos de Cesantías.
- Fondo de Pensiones.
- DECEVAL.
- Cámaras de Comercio.
- Registraduría Nacional del Estado Civil.
- Notarios.
- Quienes elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.
- Grupos Económicos y/o Empresariales.
- Alcaldías y Gobernaciones.
- Autoridades Catastrales.
¿Qué son los medios magnéticos?
Cuando se habla de información exógena, es normal escuchar también nombrar los medios magnéticos, este concepto hace referencia a la manera en que se de enviar la información exógena a la Dian.
Al Muisca se debe subir toda la información exógena por medio de unos archivos de Excel en formato XML, estos archivos son los medios magnéticos.
¿Para qué sirve la información exógena?
La información exógena es una herramienta de gran ayuda para la Dian, puesto que de esta manera puede tener acceso a gran parte de la información contable de los contribuyentes y cruzarla con la de los demás, lo anterior puede llegar a evidenciar casos como:
- Conocer los ingresos reales de las empresas o de las personas.
- Saber si existen irregularidades en el cálculo de los impuestos.
Sanción por no presentar la información exógena
Al igual que con otras responsabilidades que se tienen con la Dian, el no presentarla información exógena, hacerlo de manera extemporánea o de manera irregular, lo hará merecedor de una sanción, pues así lo dispone artículo 289 de la ley 1819 del 2016, las sanciones son las siguientes:
- Deberá pagar el 5% del total de la información que dejó de presentar.
- En el caso de que se presente con errores será el 4% sobre el total de la información errónea.
- Cuando se presenta después del plazo establecido, deberá cancelar lo correspondiente al 3% sobre el total del valor de la información.
Tenga en cuenta que también existe la posibilidad de reducir el valor de la sanción de la siguiente manera:
- Reducción del 20%: Si se presentan antes de que se efectué el pliego de cargos.
- Reducción del 50%: Si se realiza de manera extemporánea pero antes de que se notifique la sanción.
- Reducción del 75%: Por corregir la información dos meses posteriores a la notificación.
¿Cuáles son los formatos que se deben presentar?
Existen diversidad de formatos dependiendo del concepto que se vaya a reportar en la información exógena, a su vez estos formatos aplicarán para determinados tipos de entidades.
Para hacer más fácil su comprensión, en la siguiente tabla podrá ver el número de formato, su nombre y la normatividad que lo rige.
Los siguientes formatos aplican tanto para las personas naturales o jurídicas, que superaron el tope de ingresos o patrimonio, adicionalmente también aplican para las sociedades públicas o privadas, que estén obligadas a elaborar la declaración de renta o de ingresos y patrimonio:
Número | Nombre | Normatividad aplicable |
1001 | Pagos y Abonos en cuenta y retenciones | Artículo 631 del E.T literal b y e |
1003 | Retenciones en la fuente que l e practicaron | Artículo 631 del E.T literal c |
1004 | Descuentos tributarios Solicitados | Artículo 631 del E.T literal d |
1005 | Impuesto de IVA descontable | Artículo 631 del E.T literal e |
1006 | Impuesto de IVA generado | Artículo 631 del E.T literal f |
1007 | Ingresos Recibidos | Artículo 631 del E.T literal f |
1008 | Saldos de cuentas por Cobrar | Artículo 631 del E.T literal i |
1009 | Saldo de Cuentas por Pagar | Artículo 631 del E.T literal h |
1011 | Información de declaraciones tributarias | Artículo 631 del E.T literal k |
1012 | Información de declaraciones tributarias, acciones, inversiones en bonos, cuentas de ahorro y corrientes | Artículo 631 del E.T literal k |
2275 | Ingresos No constitutivos de Renta ni Ganancia Ocasional | Artículo 631 del E.T literal k |
2276 | Información Certificado de Ingresos Y Retenciones para Personas Naturales Empleados | Artículo 631-3 del E.T |
2280 | Mujeres Victima de la Violencia | Según art. 7 Dcto 2733 de 2012, art. 23 Ley 1257 de 2008. |
1647 | Ingresos recibidos para terceros | Artículo 631 del E.T literal g |
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Adiocionalmente a lo anterior:
Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas con ánimo de lucro, las cooperativas y los fondos de empleados presentan deberán adicionar el siguiente formato:
1010 | Información de socios, accionistas, cooperados | Según literal (a) del art. 631 del E.T |
Las entidades públicas deberán anexar:
2279 | Código Único Institucional (CUIN) Entidades Públicas | Según el art. 631-3 del E.T. |
En el caso de que las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que estén obligadas a realizar retenciones a título de fuente o IVA, y los ingresos no fueron superiores los topes, deberán anexar:
Número | Nombre del Formato | Normatividad |
1001 | Pagos y Abonos en cuenta y retenciones | Artículo 631 del E.T literal b y e |
1004 | Descuentos tributarios Solicitados | Literal (d) Art.631 del E.T. , Art.26 de Res.98 de 2020 |
1011 | Información de declaraciones tributarias | Artículo 631 del E.T literal k |
1012 | Información de declaraciones tributarias, acciones, inversiones en bonos, cuentas de ahorro y corrientes | Artículo 631 del E.T literal k |
2275 | Ingresos No constitutivos de Renta ni Ganancia Ocasional | Artículo 631 del E.T literal k |
2276 | Información Certificado de Ingresos Y Retenciones para Personas Naturales Empleados | Artículo 631-3 del E.T |
2280 | Mujeres Victima de la Violencia | Según art. 7 Dcto 2733 de 2012, art. 23 Ley 1257 de 2008. |
1647 | Ingresos para terceros | Artículo 631 del E.T literal g |
Para entidades públicas adicionalmente:
Número | Nombre | Normatividad aplicable |
1009 | Saldo de Cuentas por Pagar | Artículo 631 del E.T literal h |
2279 | Código Único Institucional (CUIN) Entidades Públicas | Artículo 631-3 del E.T |
Entes públicos del Nivel Nacional y Territorial del orden central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio
Número | Nombre del Formato | Normatividad |
1001 versión 10 | Pagos y Abonos en cuenta y retenciones practicadas | Literales b) y e) del art.631 del E.T., Art.17 de Res.98 de 2020 |
1009 versión 7 | Saldo de Cuentas por Pagar | Literal (h) Art.631 del E.T. , Art.21 de Res.98 de 2020 |
2276 versión 3 | Información de rentas de trabajo y de pensiones | Literales b) y e) Art.631 y 631-3 del E.T., Art.34 de Res.98 de 2020 |
1011 versión 6 | Información de declaraciones tributarias | Literal (k) Art.631 del E.T. , Art.25 de Res.98 de 2020. |
1012 versión 7 | Información de las declaraciones tributarias, acciones y aportes e inversiones en bonos, certificados, títulos y demás inversiones tributarias | Literal (k) Art.631 del E.T. , Art.25 de Res.98 de 2020. |
2279 versión 2 | Código Único Institucional (CUIN) Entidades Públicas | Art.631-3 del E.T., Art.38 de Res.98 de 2020 |
Los secretarios generales deberán anexar:
Número | Nombre | Normatividad aplicable |
1056 | Pagos o Abonos en cuenta por Secretarios | Artículo 631 del E.T literal b y e |
2276 | Información Certificado de Ingresos Y Retenciones para Personas Naturales Empleados | Artículo 631-3 del E.T |
2279 | Código Único Institucional (CUIN) Entidades Públicas | Artículo 631-3 del E.T |
Los consorcios y uniones temporales, los contratos de mandato o administración delegada, los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, Joint Venture, las cuentas en participación y los convenio de cooperación con entidades públicas, deberán anexar:
Número | Nombre del Formato | Normatividad |
5247 versión 1 | Pagos o abonos en cuenta y retenciones practicadas en contratos de colaboración empresarial | Literal b) y e) del art.631 del E.T., Art.27 de Res.98 de 2020 |
5248 versión 1 | Ingresos recibidos en contratos de colaboración empresarial. | Literal (f) del art.631 del E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020 |
5249 versión 1 | IVA descontable en contratos de colaboración empresarial | Literal (e) del art.631 del E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020 |
5250 versión 1 | IVA generado e Impuesto al Consumo en contratos de colaboración empresarial | Literal (f) del art.631 del. E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020 |
5251 versión 1 | Saldo en cuentas por cobrar a 31 de diciembre en contratos de colaboración empresarial | Literal (i) del art.631 del E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020 |
5252 versión 1 | Saldo en cuentas por cagar a 31 de diciembre en contratos de colaboración empresarial | Literal (h) del art.631 del E.T. , Art.27 de Res.98 de 2020 |
2276 versión 3 | Información de rentas de trabajo y de pensiones | Literales b) y e) Art.631 y 631-3 del E.T., Art.34 de Res.98 de 2020 |
1011 versión 6 | Información de declaraciones tributarias | Literal (k) Art.631 del E.T. , Art.25 de Res.98 de 2020. |
1012 versión 7 | Información de las declaraciones tributarias, acciones y aportes e inversiones en bonos, certificados, títulos y demás inversiones tributarias | Literal (k) Art.631 del E.T. , Art.25 de Res.98 de 2020. |
2280 versión 1 | Deducción empleadas víctimas de la violencia | Art.2.2.9.3.7 Decreto 1072 de 2015 DUR Trabajo. Art.37 de Res.98 de 2020 |
Las sociedades fiduciarias, deberán anexar:
Número | Nombre | Normatividad aplicable |
1013 | Información de los Fideicomisos que Administran | Artículo 631-3 del E.T |
1014 | Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones Practicadas con cargo al Fideicomiso o Patrimonio Autónomo | Artículo 631 del E.T literal b y e |
1058 | Ingresos Recibidos con cargo al Fideicomiso o Patrimonio Autónomo | Artículo 631 del E.T literal f |
2276 | Información de rentas de trabajo y de pensión | Literales b) y e) Art.631 y 631-3 del E.T., Art.34 de Res.98 de 2020. |
Entidades Financieras, deberán anexar:
Número | Nombre del Formato | Normatividad |
1019 versión 9 | Movimiento en cuenta corriente y/o ahorro | Art.623 literal a), 623-2, 623-3 y 631-3 del E.T., Art.3 de Res.98 de 2020 |
1020 versión 8 | Información de inversiones en CDT | Art.623 literal a) y 631-3 del E.T., Art.4 de Res.98 de 2020. |
1021 versión 7 | Información de fondos de inversión colectiva | Art.623 literal a) y 631-3 del E.T., Art.9 de Res.98 de 2020 |
1023 versión 6 | Consumos con tarjetas de crédito | Art.623 literal b) del E.T., Art. 6 Res.98 de 2020 |
1024 versión 6 | Ventas con tarjetas de crédito | Art.623 literal c) del E.T., Art.7 de Res.98 de 2020 |
1026 versión 6 | Préstamos bancarios otorgados | Art.623-2 (sic) del E.T., Art.8 de Res.98 de 2020 |
1022 versión 9 | Aportes voluntarios a pensiones, cuentas de ahorro AFC y Cuentas de ahorro AVC | Art.623 literal a) y 631-3 del E.T., Art.11 de Res.98 de 2020 |
Fondos de Cesantías, deberán anexar:
2274 | Fondo de Cesantías | Artículo 631-3 del E.T |
Fondo de Pensiones, deberán anexar: DECEVAL, deberán anexar: Cámaras de Comercio, adicionalmente debe presentar: Bolsas de Valores y Comisionista de Bolsa, deberán anexar: La Registraduría Nacional del Estado Civil, deberán anexar: Notarios, adicionalmente debe presentar: Quienes elaboren facturas de venta o documentos equivalentes, deberán anexar: Obligados a presentar estados financieros consolidados Los residentes fiscales colombianos que tengan control sobre una entidad del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE), adicionalmente debe presentar: Alcaldíass y Gobernaciones, también deben incluir: Autoridades Catastrales, también deben incluir: Entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales, también deben incluir: Entidades No Contribuyentes y No declarantes, deberán anexar: Responsables del Impuesto Nacional al Carbono Concesiones y asociaciones público privadas – APP. Entidades que otorgan, cancelan o suspendan personerías jurídicas.
1022
Fondos de Pensiones Voluntarias
Art.623 literal a, y 631-3 del E.T.
2277
Fondos de Pensiones Obligatorias
Art.623 literal a, y 631-3 del E.T.
Número
Nombre
Normatividad aplicable
2273
Depósitos de Títulos Valores y Rendimientos o Dividendos Cancelados
Art. 631-3 del E.T.
Número
Nombre
Normatividad aplicable
1038
Información de las Sociedades Creadas
Art.624 del E.T
1039
Sociedades Liquidadas
Art.624 del E.T
Número
Nombre
Normatividad aplicable
1041
Información de Bolsa de Valores
Art.625 del E.T
1042
Información de Comisionistas de Bolsas
Art.628 del E.T
Número
Nombre
Normatividad aplicable
1028
Personas Fallecidas
Art.627 del E.T
Número
Nombre
Normatividad aplicable
1032
Información de Enajenaciones de Bienes y Derechos a través de Notarias
Art.629 del E.T.
Número
Nombre
Normatividad aplicable
1037
Elaboración de Facturación por Litógrafos y Tipógrafos
Art.629-1 del E.T.
Número
Nombre del Formato
Normatividad
1034 versión 6
Información de estados financieros consolidados
Art.631-1 y 631-3 del E.T., Art.28 de Res.98 de 2020
1035 versión 7
Entidades subordinadas o controladas nacionales
Art.631-1 y 631-3 del E.T., Art.28 de Res.98 de 2020
1036 versión 8
Entidades subordinadas o vinculadas del exterior
Art.631-1 y 631-3 del E.T., Art.28 de Res.98 de 2020
1036 versión 8
Entidades subordinadas o vinculadas del exterior
Art.882 y 883 del E.T. , Art.29 de Res.98 de 2020
Número
Nombre del Formato
Normatividad
1476 versión 11
Información de registros catastrales y de Impuesto Predial
Art. 631-3 del E.T., Art.35 de Res.98 de 2020
1480 versión 10
Información Vehículos
Art. 631-3 del E.T., Art.35 de Res.98 de 2020
1481 versión 10
Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros – ICA
Art. 631-3 del E.T., Art.35 de Res.98 de 2020.
2631 versión1
Resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital
Numerales 1 y 2 Art.2.1.1.20. del Decreto 1625 de 2016 DUR Tributaria. Art.35 de Res.98 de 2020.
Número
Nombre
Normatividad aplicable
1476
Información Predial
Art. 631-3 del E.T.
Número
Nombre
Normatividad aplicable
1159
Información de Convenios de Cooperación con Organismos Internacionales
Art.58 Ley 863 de 2003 y Decreto 4660 de 2007
2276
Información Certificado de Ingresos Y Retenciones para Personas Naturales Empleados
Art. 631-3 del E.T.
Número
Nombre
Normatividad aplicable
2575
Donaciones recibidas y certificadas por entidades no contribuyentes
Numeral 1.2.1.4.4 del DUR 1625 de 2016
Número
Nombre
Normatividad aplicable
2574
Información de No causación del Impuesto al Carbono por Certificación de Carbono Neutro
Según el artículo 221 ley 1819 de 2016 y el numeral 1.5.5.8 del DUR 1625/2016
Número
Nombre del Formato
Normatividad
2625 versión 1
Información de concesiones y asociaciones público privadas – APP
Art. 32 y 631-3 del E.T., Art.41 de Res.98 de 2020
Número
Nombre del Formato
Normatividad
2683 versión 1
Información de entidades que otorgan, cancelan o suspenden personerías jurídicas
Art. 631-3 del E.T., Art.36 de Res.98 de 2020
Importante sobre la informacion exogena publicada en este documento.
Buena noche Sr. Jose, agradecemos su comentario
Excelente la informacion, muchas gracias
Buen día Sra. Flor, agradecemos su comentario.
Excelente material para tener presente, muchas gracias por semejante aporte
Buen día Sr. Jose, agradecemos su comentario
El articulo me fue de gran ayuda. excelente trabajo
Buena tarde Sra. Nelly, agradecemos su comentario
Excelente presentacion. Gracias
Gracias por su comentario. Sra. Maria.
Gracias por la informacion, muy concreta y oportuna.
Buen día Sra. Teresa, agradecemos su comentario.
Buenos días, al leer la resolución dice así «Artículo 16. INFORMACIÓN DE SOCIOS, ACCIONISTAS, COMUNEROS, COOPERADOS
Y/O ASOCIADOS. Las personas jurídicas y sus asimiladas con ánimo de lucro, las
cooperativas y los fondos de empleados, obligadas a presentar información de acuerdo con
los literal e) y f) del artículo 1 de la presente resolución deben suministrar la información de
que trata el literal a) del artículo 631 del Estatuto Tributario, así: Apellidos y nombres o razón
social, identificación, dirección, país de residencia o domicilio y porcentaje de participación
de cada una de las personas o entidades que sean socias, accionistas, comuneros,
asociados y/o cooperados de la respectiva entidad, que posean acciones y/o aportes con
indicación del valor patrimonial a 31 de diciembre superior a una cuantía de tres millones de
pesos ($3.000.000) y el valor porcentual de participación. Esta información deberá ser
reportada en el Formato 1010, Versión 8.» es decir que los obligados por el literal e) y f) de la resolución también deben presentar el formato 1010, en el aporte que ustedes mencionan «En el caso de que las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que estén obligadas a realizar retenciones a título de fuente o IVA, y los ingresos no fueron superiores los topes, deberán anexar:» en ese grupo falta incluir el formato 1010