Persona jurídica y persona natural diferencias

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En Colombia a nivel tributario y comercial existe la persona jurídica y persona natural, estas dos denominaciones las reciben las personas o sociedades dependiendo de su forma de agruparse para crear una empresa, cada una de estas podrá tener distintas responsabilidades y reglamentación a nivel legal para su constitución y funcionamiento.

A grandes rasgos las personas jurídicas son las mismas sociedades, por otro lado, las personas naturales son las que de manera solitaria crean una empresa, sin necesidad de conformar una sociedad comercial.

Persona jurídica

La persona jurídica  es una persona ficticia que tiene la capacidad de ejercer derecho y hacerse responsable de ciertas obligaciones,  pues así lo define la legislación colombiana.

Cuando se dice que es una persona ficticia, lo que se quiere decir es que no es una persona real, sino que es una persona a modo legal que está conformada por distintas personas reales, para comprender mejor lo que es una persona jurídica, se puede hacer referencia a las sociedades, es decir, al grupo de personas que se unen para crear una empresa, todas estas personas van a conformarían una persona jurídica.

Al crearse una persona jurídica esta tendrá los siguientes atributos:

  •  Nombre Es asignado por un acuerdo entre todos los socios y al finalizar se debe acompañar de las siglas: S.A, S.A.S, L.T.D.A, entre otras, dependiendo del tipo de sociedad que sea, a este nombre se le conoce como razón social, por ejemplo, el nombre de una persona jurídica puede ser tienda arroba S.A.
  •  Domicilio En la constitución de una persona jurídica, siempre se debe fijar un domicilio principal donde esta operará.
  •  Nacionalidad En el marco legal colombiano toda empresa debe tener naturalmente una nacionalidad para poder ejercer sus funciones.
  •  Capacidad La capacidad hace referencia a poder adquirir responsabilidades y derechos.

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Clasificación de las personas jurídicas

Las personas jurídicas se podrán clasificar en dos partes:

Persona jurídica de derecho público

Estas son las que crea el Estado, con la finalidad de prestar servicios o para ayuda de la comunidad, dentro de estas personas jurídicas se encuentra la nación la cual es la más importante dentro de este orden, también se pueden encontrar los departamentos, los establecimientos de carácter público y las entidades estatales que realizan actividades de comercialización.

Características de la Persona jurídica de derecho público

Este tipo de personas jurídicas poseen tres aspectos esenciales que las definen:

  • Son creadas mediante un acto estatal, es decir, por un decreto, una ley, etc.
  • El patrimonio lo aporta el Estado con los fondos recaudados de los impuestos y demás ingresos que pueda obtener.
  • Su administración se basa en órganos públicos, como lo son los ministerios del Estado.

Persona jurídica de derecho privado

En este caso se conforman por personas particulares, y se puede definir como la agrupación de personas que buscan desarrollar una actividad específica.

Estas personas jurídicas se dividen en dos grandes grupos:

1. Asociaciones sin ánimo de lucro: Buscan un bien ya sea para sus asociados o para la comunidad en general, como su nombre lo indica, no busca obtener riquezas o dinero producto de la explotación de una actividad. Estas pueden ser:

  •  Corporaciones En esta se buscan el bien común de los asociados, como por ejemplo, un club.
  •  Fundaciones Las fundaciones buscan el bien común de la sociedad, puede ser un público objetivo, como por ejemplo, ancianitos, hospitales, colegios, entre otros.
  •  Sindicatos Los sindicatos son conocidos a nivel laboral, por ser un conjunto de personas que buscan defenderse entre sí de las posibles faltas que se puedan cometer dentro de este ámbito.
  •  Cooperativas En estas asociaciones se busca ejercer un esfuerzo para el beneficio de sus mismos miembros.

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2. Asociaciones con ánimo de lucro: Son las sociedades que conforman las personas particulares con el fin de obtener ganancias, por la ejecución de actividades comerciales o prestación de servicios lícitos, dentro de estas se encuentran:

  •  Sociedad por acciones simplificada:  Reconocidas porque pueden ser creadas bajo un marco normativo flexible que no exige una alta cantidad de trámites, y no poseen un límite máximo de socios, son reconocidas porque la razón social está acompañada de las siglas S.A.S.
  •  Sociedad limitada:  Su nombre se debe a que posee un límite máximo de 25 socios, y estos responden hasta el monto de sus aportes, la razón social debe contener las siglas LTDA al finalizar.
  •  Sociedad anónima:  Tiene un límite de 5 socios, pero no tiene un máximo de socios permitido, es muy usada puesto que sus acciones no poseen restricciones para ser negociadas, las siglas S.A, deben estar al final de la razón social.
  •  Sociedad colectiva:  La característica más grande de esta sociedad, es que está conformada por miembros de confianza, por ejemplo, amigos, familiares, etc. Debe contener las siglas; & compañía, hermanos, hijos, entre otras.
  •  Sociedad en comandita:  Se conforman por dos tipos de socios, unos con responsabilidad limitada y otros solidaria e ilimitada.
  •  De economía mixta:  Poseen aportes tanto privados como del Estado.

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Persona natural

Son todos los individuos pertenecientes a la raza humana, sin importar su condición física, creencias, sexo o raza.

La persona natural actúa bajo nombre propio en cuanto al desarrollo de sus actividades mercantiles, es decir, el capital personal y el de la empresa son uno mismo, de esta manera, de ser necesario deberá responder con este capital por sus obligaciones contraídas.

Diferencias entre persona jurídica y persona natural

Persona jurídica y persona natural

Cada una de estas personerías poseen obligaciones y legislaciones diferentes, por esta razón cada una tiene sus propias ventajas y desventajas en algunos casos específicos, a continuación, se nombrarán las diferencias más relevantes entre la persona jurídica y la persona natural, y algunas ventajas y desventajas.

Persona natural Persona jurídica
Número de socios Solo puede ser una persona Puede tener distintas cantidades de socios dependiendo del tipo de sociedad
Tipo de empresa Se puede crear una empresa unipersonal Cuenta con distintos tipos de sociedad para elegir
Representación Siempre actúa bajo nombre del propietario Se debe delegar un representate legal
NIT El NIT es el mismo número de cédula El NIT es un número asignado por la DIAN
Patrimonio Se conforma por lo que tiene la empresa y la persona Solo se conforma por el patrimonio de la empresa
Acceso a financiamiento Es más complicado acceder a un crédito Normalmente es más fácil acceder a un crédito
Constitución No requiere tanta burocracia Requiere un alto grado de trámites
Responsabilidad del IVA Puede no ser responsable de IVA dependiendo de sus ingresos Siembre es responsable de IVA
Declaración de renta Debe tener en cuenta los montos para saber si debe declarar Siempre debe declarar renta
Contabilidad Debe llevar contabilidad si es responsable de IVA Siempre debe llevar contabilidad y acogerse a las NIIF
Gastos legales Los gastos legales son menores Los gastos legales son mayores

Arturo Quiroga

Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias del sector privado.

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