Las cesantías de cada trabajador correspondientes al año 2021 deberán ser consignadas como máximo el 14 de febrero de 2022, de no hacerlo el empleador se expone al pago de sanciones.
¿Qué trabajadores tienen derecho a que se le consignen las cesantías en el respectivo fondo?
Los trabajadores con contrato de trabajo incluyendo del servicio doméstico, personas que laboren por días o que sean de tiempo parcial, tienen derecho a que se les consignen las cesantías dentro del fondo de cesantías que ellos elijan, siempre que tengan un contrato de trabajo vigente al finalizar el año, por ejemplo, si un trabajador fue contratado en 2021 y tiene contrato hasta el 2022, sus cesantías deben ser consignadas al respectivo fondo, caso contrario sería un trabajador que tuvo contrato hasta diciembre de 2021, puesto que sus cesantías debieron ser pagadas directamente.
¿Quiénes no tendrían el derecho a que se le consignen las cesantías?
Teniendo en cuenta el ejemplo anteriormente planteado, las personas que no hayan tenido vigente un contrato al finalizar el año, no tendrán derecho a que se les consignen sus cesantías en el fondo de cesantías.
Los trabajadores independientes al no tener una vinculación laboral, no se encuentran incluidos dentro del artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo “marco legal de las cesantías”, pero si podrán realizar sus propios ahorros bajo este concepto, adicionalmente, los trabajadores que reciben salario integral tampoco deben recibir cesantías, puesto que, dentro de su factor prestacional se incluye dicho concepto.
Monto que se debe consignar al fondo de cesantías por empleado
Los empleadores deberán consignar el equivalente a un mes de salario del trabajador por cada año de trabajo, en el 2022, sería lo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, para realizar el cálculo proporcional se deberá usar la siguiente fórmula:
- Salario mensual*días laborados en 2021/360.
El resultado será el valor que deba consignar el empleador este 14 de febrero en el fondo de cesantías elegido por el trabajador.
Se debe tener en cuenta que el salario de un trabajador incluye el auxilio de transporte o auxilio de conectividad según el caso, le recomendamos leer nuestro artículo que trata sobre el tema para tener un conocimiento más profundo sobre los conceptos que incluyen el salario.
Sanciones por no consignar las cesantías a tiempo
El empleador que teniendo la obligación de consignar las cesantías de uno o más de sus trabajadores, se expone a las siguientes sanciones:
- Deberá pagar al empleado un día de salario por cada día de retraso – Numeral 3 del artículo 99 de la Ley 50 de 1990.
- Si producto de un procedimiento sancionatorio adelantado por el Ministerio del Trabajo se encontrase responsable al empleador de no realizar el pago de la prestación social, la Inspección de Trabajo puede imponer multas que van entre $1.000.000 y $5.000.000.000.