El pasado 27 de julio del 2020 se expidió la ley 2043, mediante la cual se estableció que todas aquellas actividades formativas «prácticas profesionales» desarrolladas por un estudiante de cualquier programa de pregrado en las modalidades de formación profesional, tecnológica o técnica profesional o universitaria sin importar el sector de la economía donde se realicen deberán ser tenidas en cuentas como experiencia profesional con el fin de que puedan ser usadas en los requisitos de obtención del título y para desempeñar actividades laborales.
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La ley 2043 del 27 de julio, establece que son tenidas en cuenta las siguientes modalidades:
- Práctica laboral en estricto sentido.
- Contratos de aprendizaje.
- Judicatura.
- Relación docencia de servicio del sector salud.
- Pasantías.
- Las demás que reúnan las características que indica la Ley.
El Gobierno Nacional dispone de tres meses para la reglamentación de la presente ley.